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LINEAS DE ACCIÓN TUTORIAL
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CONTENIDOS |
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Tutor/Alumnos |
Enseñar a pensar
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- Técnicas de estudio - Organización de tiempos - Técnicas de dinámica de grupos - Apoyos y refuerzos |
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Enseñar a ser persona
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- Conocimiento mutuo - Reparto de responsabilidades - Autoestima |
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Enseñar a convivir
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- Integración en el grupo - Derechos y deberes - Habilidades sociales |
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Enseñar a comportarse
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- Establecimiento de normas - Expresión de sentimientos - Resolución de conflictos |
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Enseñar a decidirse
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-Toma de decisiones como habilidad - Conocimiento general del Sistema Educativo (Centrado en la oferta específica de su entorno inmediato) |
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Tutor/ Familias |
Coordinación con la familia |
- Colaboración educativa - Colaboración informativa - Colaboración formativa |
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Tutor/ Otros profes. |
Coordinación con el profesorado |
- Establecimiento de criterios de evaluación - Diseño y planificación conjunta - Refuerzo y apoyo - Seguimiento del proceso de evaluación |
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Evaluación |
- Evaluación inicial (Conocimiento de los alumnos) - Instrumentos de observación y registro - Procedimientos de información a alumnos y familias - Evaluación de la tutoría |
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6.- ORGANIZACIÓN.
Las funciones del tutor deben ser el punto de partida en la organización de la tutoría en sus tres ámbitos: alumnado, profesorado y familias.
Para el desarrollo de esas funciones, se organizarán el Plan de Acción Tutorial de la siguiente forma:
La acción tutorial la realizará el profesor/a tutor/a del grupo-clase con el asesoramiento del EOEP.
La planificación de la acción tutorial se basará en un análisis inicial del grupo y las priorizaciones establecidas por el centro.
Las actividades de tutoría serán incluidas en la programación de aula.
Dichas actividades se llevarán a cabo en períodos lectivos en los que todos los alumnos se encuentren en el aula.
Es fundamental la coordinación sistemática del tutor con los apoyos y especialistas que intervienen en su grupo clase.
Los materiales para tutoría que se vayan elaborando, pasarán a formar parte de un centro de recursos de forma que todos los profesores del claustro tengan acceso al mismo.
El Equipo de Atención a la Diversidad coordinará el préstamo de esos materiales e informará a cada uno de los tutores de su existencia.
7.- EVALUACIÓN.
El proceso de evaluación comenzará con una evaluación inicial donde se detectarán las necesidades de cada grupo de alumnos.
A lo largo de todo el proceso se irá llevando a cabo una evaluación formativa que permita recoger información que, a su vez, revierta en el desarrollo positivo de dicho proceso.
En lo que respecta a la evaluación final, se valorará en la misma el Plan de Acción Tutorial en su conjunto así como todos los componentes que lo conforman.
7.1.- Objetivos.
7.1.1.- Valorar si la planificación de las actividades de tutoría responden efectivamente a las necesidades reales del alumnado a que van dirigidas.
7.1.2.- Evaluar el desarrollo del Plan de Acción Tutorial, analizando los principales aspectos, valorando los avances realizados y las dificultades, detectando necesidades, etc.
7.1.3.- Valorar los resultados en función de la consecución de los objetivos del Plan de Acción Tutorial, tanto de los planificados como de los no previstos.
7.1.4.- Orientar en la toma de decisiones que posibilite la introducción de los cambios que permitan mejorar su proceso de realización y ajustar actuaciones posteriores.
7.2.- Aspectos a evaluar.
Coherencia del Plan de Acción Tutorial con el P.E.C. y el P.C.C.
Grado de implicación de los distintos miembros de la comunidad.
Grado de adecuación de los objetivos y contenidos a las necesidades y características de la comunidad educativa.
Valoración de la selección de actividades.
Valoración de la metodología y organización propuestas así como de los recursos previstos.
Participación del alumnado.
Relación tutor-familias.
Logro de los objetivos programados.
7.3.- Instrumentos.
Utilizaremos los siguientes instrumentos:
Registros anecdóticos.
Diario de tutoría.
Entrevistas al azar con profesores/as y alumnos/as.
Cuestionarios.
Escalas de estimación.
Auto evaluación.
7.4.- Responsables.
El principal responsable del Plan de Evaluación es el Jefe de Estudios con la colaboración de los tutores/as y el apoyo técnico del Orientador/a del Centro.
DESIGNACIÓN DE TUTORÍAS
A) El tutor que ha comenzado ciclo, lo terminará con el mismo grupo de alumnos.
B) Los que terminan ciclo, por orden de antigüedad en el centro y en caso de igualdad en el Cuerpo, elegirán:
Nueva Tutoría.
Acumulación de restos horarios.
C) Todo lo anterior teniendo en cuenta:
a) Ningún profesor permanecerá con el mismo grupo de alumnos más de dos años seguidos
b) A pesar del procedimiento antes indicado ningún profesor contra su voluntad, repetirá acumulación de restos horarios antes de que el resto lo hayan ejercido al menos una vez.
c) El equipo directivo y los profesores de atención a la diversidad, quedan excluidos de este procedimiento ya que sus funciones están establecidas por la ley, salvo situaciones excepcionales
d) Cuando en Educación Infantil haya posibilidad de apoyo, los profesores/as de esta etapa rotarán para dicho cargo siguiendo el orden de prioridad establecido para la primaria
e) Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, cuando se establezcan tres niveles en Educación Infantil, el tutor/a que inicie ciclo permanecerá con sus alumnos hasta que finalice el mismo
SERVICIO DE ORIENTACIÓN
Definición
La orientación es una actividad que promueve el desarrollo de todos los alumnos, valorando más, sus posibilidades que sus limitaciones; constituyendo un factor que acrecienta más la calidad de la respuesta educativa
Principios de la actividad orientadora
La orientación es un derecho de todos los alumnos, su carácter no es sólo terapéutico
La orientación es un proceso continuo, no está sujeto a momentos puntuales
La orientación ha de estar presente en todas las edades y niveles educativos, aunque su acción es diferenciadora porque así lo requieren las necesidades educativas y características psicoevolutivas
La orientación afecta a la persona entera y por tanto, a todas las facetas de su personalidad
La orientación está referida a personas concretas con particularidades propias
La orientación sólo puede entenderse en un contexto de colaboración
Funciones
Las establecidas en el BOE de 25/2/88, y las explícitas en las instrucciones de la Consejería de Educación
a)Colaborar, a través de la participación en la Comisión de Coordinación Pedagógica, en los procesos de desarrollo y aplicación, evaluación y, en su caso, revisión (le los Proyectos Curriculares. Esta colaboración debe materializarse, fundamentalmente, en los siguientes aspectos
- Adecuación de objetivos generales y adopción de criterios y aplicación de decisiones referentes a metodología, organización y evaluación y promoción, que potencien y favorezcan una respuesta educativa adecuada atendiendo a la diversidad de capacidades, intereses y motivaciones de los alumnos/as
- Desarrollo y elaboración o revisión, en su caso, del Plan (le Acción Tutorial, con el fin de lograr la mayor implicación posible del profesorado en esta tarea y, consecuentemente, intentar garantizar el desarrollo integral de todo el alumnado
- En el caso de los centros de educación especial, favorecer la elaboración del Proyecto Educativo de Centro como uno de los documentos fundamentales de gestión pedagógica en el centro
b)Elaborar y desarrollar programas de prevención y detección de dificultades (le aprendizaje y de desarrollo personal, especialmente en el segundo Ciclo (le Educación Infantil y en el Primer Ciclo de Educación Primaria
c)Impulsar la creación, especialmente en centros ordinarios, de “Equipos de Apoyo”, dependientes de la Comisión de Coordinación Pedagógica, con el fin de coordinar la atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales
d)Impulsar decididamente la elaboración de un proyecto de centro consensuado, principalmente en Centros de Educación Especial, en relación a la constitución de los mismos como Centros de Recursos, para su posterior desarrollo y aplicación
e)Asesoramiento y orientación en la reducción y extinción de problemas (le comportamiento, y en estrategias de prevención de los mismos
1)Asesorar y colaborar en la formulación, seguimiento o, en su caso, revisión de las medidas de atención a la diversidad contempladas en el P.E.C. y en los P.C.E
g)Propuestas, elaboración conjunta, seguimiento y evaluación de actividades de recuperación y refuerzo y, en su caso, de adaptaciones curriculares
h)Información, apoyo y colaboración con las familias, sobre todo con las de los alumnos/as con necesidades educativas especiales
i) Asesorar y colaborar con el profesorado y los equipos docentes en el acceso del alumnado a la Educación Secundaria Obligatoria
j) Favorecer la permanencia en el sistema educativo del alumnado que por razones sociales, culturales, económicas, geográficas, étnicas o de cualquier otro tipo, se encuentran en situación de desigualdad o desventaja
k)Adecuación y concreción del proceso de evaluación de los aprendizajes del alumnado, la acreditación de los mismos, así como los criterios de promoción
l)Favorecer con rigor y exhaustividad, y en coordinación con el profesorado y el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del sector, la escolarización de los alumnos/as con necesidades educativas especiales graves y permanentes en contextos educativos lo más normalizados posible, atendiendo a los principios de integración y sectorización de la atención educativa
m)Impulsar experiencias de escolarización combinada, especialmente en aquel alumnado que se encuentra escolarizado actualmente en centros de educación especial
Todo ello en colaboración con los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica
Actuación
· Asistir a las reuniones de la Comisión de Coordinación Pedagógica convocadas por el Equipo Directivo del Centro.
· Colaborar y asesorar en aquellos aspectos en que sea requerido.
· Asesoramiento especializado al profesorado
La organización de los espacios del centro.
Al comenzar el curso y una vez asignadas las tutorías, se procederá a asignar a cada tutor un aula o dependencia teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Las aulas específicas (idiomas, informática, música, biblioteca,...) se asignarán a los profesores que impartan esas áreas del conocimiento.
b) En Infantil las aulas se especializarán por edades, rotando anualmente profesoras y alumnos.
c) Se dedicarán las aulas de la planta baja para los alumnos de menor edad ( primer ciclo de primaria), dedicándose las de la última planta a los de mayor edad con el fin de evitar situaciones de peligro en las escaleras, excepcionalmente las necesidades educativas de algunos alumnos, puede modificar este criterio.
d) Con el fin de evitar traslados innecesarios, se procurará que el profesorado que no cambia de ciclo mantenga el aula asignada del curso anterior.
e) Siempre primarán en la adjudicación de aulas los criterios a, b, c y d, sobre el criterio de antigüedad del profesorado en el Centro o en el Cuerpo, recurriéndose a éste último en caso de igualdad en los criterios pedagógicos mencionados.
DEPENDENCIAS. USOS Y HORARIOS
Se regulará el uso de la sala de psicomotricidad en el horario libre de utilización del profesorado que tenga asignada esta aula.
La biblioteca, aula de informática y audiovisuales, también se regularán por la Jefatura de Estudios atendiendo el horario libre de utilización de los profesores correspondientes que las tengan asignadas previa solicitud al equipo directivo.
Debiendo mantener el comedor escolar las condiciones higiénicas necesarias para su utilización por parte de los comensales, se procurará evitar su uso para actividades lectivas y en los casos en que esté programado realizar actividades que requieran desmontar el comedor, limpiarlo a fondo y volver a montarlo (festival de Navidad, fin de curso)
INVENTARIO
Corresponde al Secretario del Centro realizar el inventario del Centro y tenerlo actualizado.
DISTRIBUCIÓN Y CUSTODIA DEL MATERIAL DIDÁCTICO
Corresponde al Secretario del Centro custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico. No obstante, para el buen funcionamiento del Centro, y debido a la escasez de espacios para almacenar, se asignará a aulas o dependencias concretas el material de uso común (material de laboratorio, audiovisual, videos, mapas, instrumentos musicales, material deportivo, ... ) delegando la custodia de los mismos a los profesores de dichas aulas, dando cuenta de ello al resto del profesorado del Centro para su conocimiento y localización.
Los materiales de uso específico en el aula ( biblioteca de aula , juegos didácticos , etc.) serán asignados en custodia al profesor de esa aula y podrán intercambiarse cada curso dentro de un mismo ciclo para su mejor adecuación a las edades y necesidades educativas de los alumnos, poniéndolo en conocimiento del secretario.
UTILIZACIÓN DEL CENTRO EN HORARIO EXTRAESCOLAR
Siempre que se cedan las instalaciones del Centro para su uso en horario extraescolar, los usuarios deberán garantizar el normal desarrollo de las actividades a realizar por ellos , la no-interferencia en los aspectos académicos del Centro y la adopción de las medidas oportunas en materia de vigilancia , manteniendo la limpieza de los locales e instalaciones , de modo que tales dependencias queden en perfecto estado para su uso inmediato posterior por el alumnado en sus actividades escolares ordinarias.
Cuando las instalaciones se soliciten para actividades educativas , culturales , artísticas , deportivas o sociales tanto por parte de instituciones públicas , Asociaciones de padres de alumnos , Asociaciones de alumnos o por entidades y personas físicas o jurídicas de carácter privado sin ánimo de lucro , será el Consejo Escolar del Centro el que autorice dicha utilización .
Cuando lo soliciten entidades y personas físicas o jurídicas, ajenas al centro de carácter privado y las actividades a realizar impliquen un uso superior a un día , o de las que pueda deducirse que en su realización puedan causarse desperfectos en el Centro , los interesados deberán suscribir pólizas de seguro multirriesgos que cubran las instalaciones y equipamientos del Centro docente por el periodo en el que estén autorizados para su utilización, o bien y a criterio del Consejo Escolar,. se presentará un aval bancario para responder de las reparaciones por la cuantía que se estime oportuno. Igualmente se les podrá establecer una cuota por la utilización del Centro en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.2 de la ley 12/1987 , de 2 de julio (B.O.E. de 3-7-87) ; para ello ,de acuerdo con el artículo 15.3 del R.D. 733/1988 de 24 de junio , el Centro deberá incoar expediente , con indicación del precio , para su autorización par la Dirección Provincial de Educación .
Cuando las instalaciones del Centro se soliciten para cualquier uso distinto a los indicados anteriormente ( actividades educativas , culturales , artísticas deportivas o sociales ) , será necesaria la autorización de la Consejería de Educación y Cultura, previo informe del Consejo Escolar del Centro.
El funcionamiento de los servicios educativos.
1.5 TRANSPORTE ESCOLAR
NORMATIVAS SOBRE EL TRANSPORTE ESCOLAR
· Real Decreto 938/199 del 4 de junio. Traspaso de los Servicios de Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de enseñanza no universitaria.
· Real Decreto 443/2001 del 27 de abril sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar de menores.
· LOGSE 1/1990 3 de octubre Artículo 63. Principio de igualdad.
· LOGSE 1/1990 3 de octubre Artículo 64. LA Admón.. Educativa asegurará una actuación preventiva y Compensatoria.
· Real Decreto 1/2002. Regulación del servicio de transporte por parte de la comunidad educativa de la Región de Murcia.
· Orden 3 de junio de 2002 (BORM de 21 de junio de 2002) que regula la organización, el funcionamiento y la gestión del transporte escolar
NORMATIVAS SOBRE EL COMEDOR ESCOLAR
El comedor escolar está regulados por la orden ministerial de fecha 24-11-92 .
Nuestro centro se rige además por los siguientes acuerdos:
Comensales y aportación de los usuarios.
a) Alumnos transportados: El coste diario de su minuta será a cargo de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con la legislación vigente. Los alumnos de infantil se harán cargo de su cuota, hasta que la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia les asigne beca.
b) Profesorado del centro: Por acuerdo del Consejo Escolar podrán hacer uso del comedor escolar, mediante el pago del importe de la minuta.
c) Personal laboral de cocina y de personal de vigilancia hará uso del comedor con cargo a la empresa.
Distribución de los comensales:
En un principio se colocarán los comensales por edades, asignándoles un cuidador fijo para todo el curso.
Colaboración de los alumnos:
En función del carácter educativo del Comedor Escolar, se fomentará la colaboración de los alumnos del segundo y tercer ciclo de primaria.
Las mesas serán atendidas por los monitores, con la colaboración de los alumnos. Así mismo serán los encargados de la puesta y recogida del servicio de la mesa.
El servicio de mesas tendrá carácter rotativo, lo nombrará el Secretario, procurando ser equitativo en el reparto.
Normas para los alumnos de transporte y comedor:
a) Permanecer en el recinto del centro desde la llegada del transporte de la mañana hasta la salida del transporte por la tarde por la tarde.
b) Participar activamente en los servicios de comedor para los que periódicamente sean nombrados en función de su edad:
- Poner y quitar servicios mesas.
- Servir la comida
- Colaborar en la vigilancia y cuidado de material y mobiliario del comedor.
c) Cuidar el aseo personal: corporal y vestimenta.
d) Guardar el debido respeto a todas las personas presentes en el comedor (profesores, cuidadores, personal cocina y demás comensales...)
e) Ser puntuales, atendiendo a todas las señales de entrada y salida.
f) Comer el menú diario que será único y obligatorio. En casos especiales, previa certificación médica o por motivos de religión se procurará proporcionar un menú diferente a los comensales.
g) Poner en conocimiento del equipo directivo las quejas que pudieran surgir.
h) Para tratar problemas relacionados con el comedor (disciplina, menús, etc.) a través del secretario se trasladará a la Comisión de comedor quien a su vez, y estudiado el problema, lo llevará al consejo escolar.. Informado éste, actuará en consecuencia. Si fuera necesario lo pondría en conocimiento del órgano competente.
Personal de cocina y cuidadores.
Ateniéndose a las disposiciones vigentes, el Consejo Escolar regula cada curso el número de: cocineros, ayudantes de cocina y personal de vigilancia, según los comensales asistentes y las características de los mismos.
La Orden de 3 de junio de 2002 que regula la organización, el funcionamiento y la gestión del transporte escolar comprende los siguientes aspectos relevantes:
Es de aplicación a todos los centros docentes públicos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación Especial.
Se reconoce el derecho al servicio de transporte escolar a todo el alumnado que curse enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación Especial.
Existen dos modalidades de transporte escolar:
Prestación directa del servicio de transporte
Concesión de ayudas individualizadas
Requisitos de los beneficiarios del servicio de transporte escolar.
Planificación del servicio.
Solicitudes.
Condiciones en la calidad y seguridad del del servicio.
Acompañantes.
Comisión de seguimiento de comedor escolar.
Competencias del Equipo Directivo del centro educativo.
Disposiciones adicionales, transitorias y finales.
El Artículo 8º de la presente Orden se refiere al:
El acompañante:
Es obligatorio la presencia del acompañante en las rutas escolares según Real Decreto 443/2001 del 27 de abril.
Funciones del acompañante:
a) Atención y cuidado de los alumnos usuarios del servicio.
b) Velar por la seguridad de los alumnos.
c) Conocer los mecanismos de seguridad del vehículo.
d) Enseñar al alumnado el buen comportamiento en el autobús.
e) Colaborar en la creación de hábitos de buen comportamiento.
f) Comunicar a la Dirección del Centro toda incidencia.
g) Atención especial y urgente al alumnado en caso de accidente.
Obligaciones del acompañante:
Además de las funciones recogidas en el punto anterior, tendrá las siguientes:
a) Presentarse antes del a hora de salida del autobús.
b) Colocarse cerca de la puerta central o trasera del vehículo.
c) Mantener una actitud vigilante.
d) Bajar el primero en cada parada.
Comportamiento del menor:
El comportamiento adecuado del niño garantiza una convivencia en armonía, tanto en el interior del autobús como en la escuela.
Los niños no deben ni andar ni correr por el pasillo cuando el vehículo esté en marcha, ni obstaculizar las puertas en ningún momento.
El acompañante hará valer su autoridad para que el respeto entre todos los escolares sea el denominador común, así pues impedirá sobretodo enérgicamente cualquier tipo de manifestación de maltrato físico por poco importante que pueda parecer.
No se debe mascar chicle.
Es imprescindible llevar a cabo una higiene personal diaria.
El mal comportamiento en el autobús puede ser causa de sanción por parte del centro escolar según se recoge el Artículo séptimo Apartado f de la Orden de 3 de junio de 2002.
En dicho apartado se recogen las normas de organización del servicio y comportamiento de los usuarios. Dichas normas tipifican las faltas que pueden ser objeto de sanción disciplinaria y las sanciones previstas para las mismas que podrán incluir la suspensión temporal o la baja definitiva en el servicio de transporte en los supuestos de faltas graves o muy graves.
El servicio de transporte se contrata desde la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Cada comienzo de curso el Director :
a) Informará sobre horarios de salida y llegada de los autobuses.
b) Controlará de acuerdo con contrato de este servicio, su buen funcionamiento.
1.6.1. BIBLIOTECA
Encargado de Biblioteca
Se nombrará por el Director, a propuesta del Jefe de Estudios preferentemente entre los maestros que lo soliciten o los que no tengan tutoría.
Funciones
- Asegurar la Organización, mantenimiento y adecuada utilización (de los recursos documentales y) de la biblioteca del Centro.
- Atender a los alumnos que utilicen la biblioteca, facilitándoles el acceso a diferentes fuentes de información y orientándolos sobre su utilización.
- Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información, entretenimiento y ocio.
- Asesorar en la compra de nuevos materiales y fondos para la biblioteca.
- Promover la realización de actividades encaminadas a la fomentar la celebración del libro.
- Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en la biblioteca.
- Llevar registro de libros de la biblioteca del centro.
- Disponer de fichero de autores y obras, según modelo universal.
- Distribuir las obras en los armarios según clasificación, figurando en el registro y en la obra el número de armario y número de estante en que se encuentran para su rápida localización.
- Para el desarrollo de estas funciones pueden colaborar alumnos voluntarios
Uso de la Biblioteca
a) Siempre en las horas establecidas al efecto.
b) Nunca se podrá utilizar la biblioteca sin el conocimiento del bibliotecario o persona delegada.
c) Los préstamos de libros se realizarán durante los recreos, en los días previamente establecidos y en otro horario que se establezca en la PGA
d) El préstamo del libro se hará previa cumplimentación de la ficha al efecto.
e) El tiempo máximo de cada préstamo será de 15 días a partir de la fecha del mismo.
g) En caso de que transcurrido el tiempo de préstamo, y el prestatario necesitara una ampliación del mismo se llevará a cabo esta, previa presentación del mismo por un nuevo plazo y así hasta un máximo de tres.
h) En caso de que un libro sea extraviado o estropeado, el prestatario tendrá la obligación de reponerlo.
i) Cuando un libro sea devuelto después del plazo supondrá una advertencia al prestatario.
j) La devolución de libros se hará siempre al bibliotecario o encargado que comprobará la ficha y fecha de devolución.
k) Será motivo de advertencia y de reposición:
- Devolver libros pasado el plazo (dos semanas).
- Estropear libros.
- Perder libros.
- Mal comportamiento en la biblioteca.
l) Si la falta es repetida o grave el bibliotecario podrá retirarle la condición de lector de biblioteca de lo que informará al tutor del alumno y padres.
Estancia en la sala de lectura
El servicio de Sala de lectura se regirá por las reglas siguientes:
a). Para permanecer en las salas de lectura habrá que guardar silencio y el debido comportamiento.
b) Está totalmente prohibido fumar.
c) Por respeto a los demás lectores no se permitirá alterar el orden.
d) Será necesario ir aseado para cumplir las mínimas normas de convivencia y evitar el deterioro de los materiales.
e) Está prohibido colocar sobre los impresos el papel en que se escribe, doblar las hojas o escribir con tinta o lápiz en los mismos (aún cuando se trate de corregir algún error evidente del autor o erratas de imprenta). En este caso se pondrá en conocimiento del bibliotecario.
f) El acceso a la biblioteca y su uso está supeditado al cumplimiento de las normas anteriores.
1.6.2. TALLERES.
Todos los talleres organizados por el profesorado, tendrán carácter gratuito y voluntario.
El APA , dentro de lo dispuesto en la normativa vigente, podrá organizar, con la aprobación del C. Escolar, otras actividades extraescolares.
Duración todo el año y algunos de forma transitoria.
Actualmente están en funcionamiento los talleres de:
- Teatro.
- Arcilla
- Baile.
- Pintura.
- Biblioteca.
- Costura.
- Mecanografía
- Artes marciales
Estos talleres se ampliarán o suprimirán según la circunstancias.
1.6.3. DEPORTES
Se realizará actividades que puedan favorecer la participación de nuestros escolares en esta actividad. El profesor de E.F. u otro profesor o padre de alumno podrá llevar el Control de nuestros escolares. Cuando las actividades se realicen en sábado y suponga un desplazamiento de dicho profesor, se le pagará los desplazamientos con cargo de la subvención del P.D.M. de San Javier o las propias del colegio u otros fondos.
Los alumnos que participen en estas actividades estarán sujetos a las normas disciplinarias del centro y por indisciplina podrán quedar excluidos de estas actividades.
1.6.4. ACTIVIDADES CULTURALES
A principio de curso se programarán actividades complementarias que se irán desarrollando a lo largo del mismo como actividad general del centro y que figuren en la P.G.A.( Día de la Constitución, Día dela Paz, actividades navideñas,...). Para la realización de estas actividades se designará un coordinador, así como los objetivos a alcanzar, la temporalización, y propuesta de gastos.
La participación en estas actividades será obligatoria para los alumnos y profesores.
La participación en otras actividades culturales complementarias fuera del centro (Villancicos, fiesta local...) será de forma voluntaria tanto de alumnos como profesores.
Los niños participaran de forma voluntaria dirigidas por sus tutores o profesores especialistas.
Cuando por la participación de un grupo de alumnos del centro, en una actividad cultural, se obtenga una aportación económica o material, ésta se dedicará preferentemente a los alumnos del grupo. De su reparto o uso, se encargará el profesor coordinador de la actividad.
1.6.5. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
A) Salida por el entorno escolar:
Quedan autorizadas todas las salidas próximas al entorno escolar con duración inferior a 2 horas para la mejor adecuación de los contenidos académicos y nuestro ambiente socio-natural. Se pondrán en conocimiento del equipo Directivo antes de su realización. No son necesarias que figuren en la programación general anual.
B) Salidas escolares:
Las salidas escolares, debido a las características del alumnado y las necesidades de especial atención requieren que se sigan las siguientes normas:
a) Los alumnos irán acompañados de su profesor tutor y profesor/a de apoyo.
b) Los escolares contarán para salir del recinto escolar la autorización paterna.
c) A aquellos alumnos que por algún motivo no realicen la salida con su grupo, se les recomendará la no-asistencia a clase, ya que no podrán ser atendidos por su profesor tutor, ni por el profesor de apoyo. En caso de asistencia irán al grupo más próximo de edad. Los alumnos de Infantil, al no ser una etapa obligatoria, quedarán a cargo de sus progenitores o tutores legales
d) Se procurará que el número de profesorado de apoyo sea de un profesor por cada 4 a.c.n.e.e. o fracción. Cuando la problemática grave de algún alumno el equipo directivo, decidirá la conveniencia de aumentar la ratio de profesores de apoyo.
e) Los escolares abonarán los gastos que puedan ser ocasionados para la realización de la actividad. Con este fin, se realizará una primera estima del coste de la salida (autobús, entrada a museo o parque,.). Esta cantidad se dividirá por el número estimado de alumnos que asistirán, resultando así el precio por alumno.
f) Las variaciones que puedan surgir por la posterior no-participación del algún alumno, serán abonadas con los recursos del colegio.
g) El colegio abonará al profesorado media dieta, cuando la actividad requiera estar fuera del centro a la hora de comer.
h) Para realizar salidas escolares, la participación de alumnos será superior al 50%.
i) El equipo docente decidirá la no participación en estas actividades de aquellos alumnos que tengan problemas serios de disciplina o por nulo esfuerzo en alcanzar los objetivos programados. De esta decisión se informará con antelación a la familia del alumno/a y al equipo directivo.
C) Viaje de Estudios
Tendrá un carácter cultural y lúdico. Sus características quedarán reflejadas en la PGA.
Se financiará por medio de:
a) Ayudas de entidades y actividades organizadas por los interesados y sus propias aportaciones.
b) Nunca se realizará ninguna actividad donde haya beneficios para terceros.
c) El lugar de viaje de estudios será organizado y propuesto por el Equipo Docente con o sin alternativas la cual elegirán los alumnos.
d) El equipo docente, por su propia iniciativa o a propuesta de los profesores, decidirá la no-participación en estas actividades de aquellos alumnos que tengan problemas serios de disciplina o por falta de esfuerzo en alcanzar los objetivos programados. De esta decisión se informará con antelación a la familia del alumno/a y al Equipo Directivo.
1.7.1. ASISTENCIA.
Regulada por Orden de 29 de junio de 1.994. art. 67: el profesorado se incorporará a los centros desde el 1 de septiembre al 30 de junio. La jornada laboral será de seis horas de permanencia en el centro.
1.7.2. HORARIO.
Regulado en art. 68- 72. Los maestros permanecerán en el centro treinta horas semanales con carácter obligatorio; el resto hasta las treinta y siete horas será de libre disposición, cursillos de perfeccionamiento, preparación de actividades docentes, etc
De las treinta horas semanales, veinticinco serán lectivas, entendiendo por ello la docencia directa con alumnos y vigilancia en los recreos. Las cinco horas restantes se distribuirán entre las siguientes actividades
a) Una hora semanal para atención a padres (deberá estar expuesta en el tablón de anuncios)
b) Asistencia a Claustros
c) Asistencia a reuniones de Comisión Pedagógica, Consejo escola
d) Reuniones de ciclo
e) Reuniones de nivel y coordinación con el profesorado de apoyo
f) Actividades de perfeccionamiento e investigación educativa, programadas en la PGA
g) Cualquier otra de las establecidas en la PGA
h) Los miembros del Equipo Directivo impartirán las horas lectivas establecidas en el art. 72 del R.D
Elaboración de horarios
Artículos 73 a 83
A) El profesorado cubrirá 25 horas lectivas semanales con alumnos. En caso de que no se cubra la totalidad de este horario lectivo, el Director podrá asignarle otras tareas
a) Impartición de áreas de especialidades para las que esté habilitado, pudiendo ser en el mismo ciclo o en otro.
b) Impartir otras áreas aunque no esté habilitado.
c) Atención a alumnos con dificultades de aprendizaje.
d) Apoyo a otros maestros del mismo nivel educativo.
e) Apoyo a los maestros de infantil en salidas escolares por las proximidades del centro.
f) Desdoblamiento de los grupos de más de veinte alumnos en lenguas extranjeras.
B) La sustitución de otros maestros en su ausencia, se hará según los siguientes criterios:
a) En caso de ausencia de un profesor, su grupo de alumnos será atendido por el docente que en ese momento no tenga asistencia a su tutoría. En caso de haber más de uno, le corresponderá al que esté más próximo al nivel del ausente y de no haber ninguno libre, se harían cargo los especialistas que estén adscritos al ciclo, después el profesor de pedagogía terapéutica, y en última instancia Secretario, J. de Estudios y Director
b) Si se prevé que la ausencia será superior a tres días, la jefatura de estudios designará al profesor de apoyo ( con restos horarios acumulados) a esta aula, hasta la incorporación del sustituido, o sea nombrado sustituto por la Dirección Provincial de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
c) Los profesores encargados de coordinar actividades complementarias , aprobadas en PGA, mientras se realicen éstas, serán liberados de sustituciones, siempre que exista otro profesor que libre, y no se dificulte el normal funcionamiento del centro.
C) De acuerdo con lo establecido en el art. 78., una vez cubiertas las necesidades indicadas en el punto anterior, y en función de las necesidades horarias del conjunto de profesores, se podrán computar horas lectivas por este orden:
a) Coordinadores de Ciclo, y coordinador del Equipo de Atención a la Diversidad dos horas semanales.
b) Los maestros encargados de coordinar medios informáticos y audiovisuales, una hora semanal.
c) Dos horas semanales al responsable de la biblioteca y recursos documentales.
d) Una hora al representante del centro en el CPR.
e) Tres horas a los maestros que se encarguen de forma voluntaria de organizar actividades artísticas y deportivas, fuera del horario escolar.
Deducción de la hora de obligada permanencia.
Serán descontadas de la hora de obligada permanencia en el centro, el número de ellas, que se hayan invertido en reuniones con padre, Claustros, o Consejo Escolar, siempre que se hayan realizado fuera del horario de obligada permanencia. El control de estas horas lo realizará la jefatura de estudios.
Coordinación con los padres
Tres reuniones generales, como mínimo a lo largo del curso escolar.
Periodo de adaptación:
Entrada y contacto inicial progresivo de padres y alumnos/as ( Infantil)
Cuestionario inicial para recoger información
Entrevistas individuales con padres a lo largo del curso escolar.
Control de las entrevistas y reuniones
Cuestionarios iniciales
. Registro de reuniones de padres
Justificación de faltas de alumnos/as.
Sugerencias
a) Tratar de que la actitud del profesorado sea de apertura y acercamiento a los padres/madres
b) Aprovechar las reuniones generales de padres/madres con tutores para concienciar de la necesidad o importancia de una relación en la labor educativa y de los beneficios para los alumnos/as de ver a los padres/madres en el centro.
c) Pedir voluntarios para participar en actividades puntuales del Centro ( excursiones, festivales, talleres, etc.)
d) Pedir a los alumnos/as sencillas actividades para casa, en las que tengan que intervenir ,pedir ayuda o participar sus padres o madres.
Justificación de faltas
En caso de ausencia de un alumno/a es necesario que los padres justifiquen la falta, ya sea de forma verbal ó por escrito.
Actividades extraescolares
Los padres, a través del APA, pueden utilizar las instalaciones del centro en las condiciones que el C. Escolar establezca en cada caso.
Las actividades extraescolares organizadas por la APA, tendrán prioridad sobre las propuestas por otras entidades (Ayuntamiento...)
1.9.1. ADSCRIPCIÓN A GRUPO
Los grupos de alumnos, se forman en el primer curso de infantil, según el siguiente procedimiento: se reparten por igual número en cada grupo las alumnas y los alumnos, teniendo además como criterio el reparto alterno de una lista confeccionada por orden alfabético. Los a.c.n.e.e., se repartirán entre ambas clases, por la Jefatura de Estudios, tras oír a los tutores y padres.
Estos grupos, salvo que los tutores aconsejen, permanecerán juntos hasta finalizar la escolarización.
Los alumnos que se matriculen posteriormente, lo harán al grupo con menos alumnos, o donde decida la Jefatura de Estudios, después de oír a los tutores del nivel.
1.9.2. DERECHOS Y DEBERES
Los Derechos y Deberes de los alumnos, así como las sanciones que se tengan que imponer y los órganos competentes para ejercerlas tienen como base, el Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros. Esta norma, se completa con el presente documento, que tiene por objetivo, conseguir un perfil propio de centro, de acuerdo con la voluntad de su comunidad educativa.
Organización.
Delegados
A partir del tercer ciclo de Primaria, en cada grupo se nombrará un delegado y subdelegado. Su elección será por votación directa y secreta de todos sus compañeros previa aclaración y orientación del profesor tutor sobre las funciones del delegado.
Las elecciones para delegados de curso serán organizadas y convocadas por el Jefe de Estudios, en el mes de septiembre.
Todos los alumnos del curso, son candidatos a delegado, no obstante, los alumnos que lo deseen, pueden manifestar su interés por serlo. De entre ellos serán elegidos :
Delegado : el alumno con mayor número de votos
Subdelegado : el segundo alumno con mayor número de votos
Para esta elección se nombrará en cada aula al azar un presidente , un secretario y un vocal y se levantará acta de esta sesión.
A) Funciones del Delegado:
a) Servir de representante a sus compañeros.
b) Formar parte de la Junta de Delegados y colaborar en cuantas labores le encomiende ésta.
c) Colaborar con el Tutor en el reparto y control del material de aula.
d) Los Delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de sus funciones como portavoces de los alumnos, en los términos de la normativa vigente.
e) El delegado no podrá nunca asumir la vigilancia de la conducta de sus compañeros.
Los delegados de curso deberán ser oídos, cuando así lo soliciten, por los órganos de gobierno del centro en los asuntos cuya índole requiera su audiencia y siempre en representación de sus compañeros y no de sí mismo .También deberán colaborar con el profesor tutor para propiciar la convivencia de los alumnos de su grupo y curso.
El delegado podrá ser revocado de su cargo por dos tercios de los alumnos del grupo, previo debate del grupo con el tutor; pudiéndose utilizar cualquier técnica o dinámica de grupo (sociograma, resolución de conflictos, etc.)
Junta de Delegados.
Está compuesta por todos los delegados de curso y el Jefe de Estudios que actuará de asesor.
Se reunirá cada vez que la convoque el presidente, o Jefatura de estudios.
En ella se reunirán todos los delegados de los distintos cursos y grupos a partir del tercer ciclo de Primaria. En la sesión constitutiva actuará como Presidente el delegado de mayor edad y como Secretario el delegado más joven , que levantará acta de la reunión; en esta sesión se elegirán por votación estos cargos.
A) La Junta de Delegados tiene como funciones :
a) Informar al representante de los alumnos en el Consejo Escolar de la problemática de cada grupo o curso .
b) Ser informados por el representante de los alumnos en el Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo. Con este fin , tendrán derecho a conocer las actas del Consejo Escolar y cualquier otra documentación administrativa del centro, que les afecte, con las limitaciones que en este sentido imponen las normas actuales.
c) Elaborar informes para dirigir al Equipo Directivo, o al Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éstos.
d) Informarse de cuantas disposiciones lleguen al Centro que les puedan afectar .
Representación en Consejo Escolar
Se elegirá como representante de alumnos en el Consejo Escolar, un alumno/a del tercer ciclo de E. Primaria.
Podrán presentarse como candidatos, los alumnos/as de este ciclo que lo deseen.
Para la elección de estos representantes, se formará una mesa compuesta por el Director, y los dos delegados de mayor edad; actuando como secretario el de mayor edad. El proceso lo regulará la Junta Electoral.
Derechos.
Se reconocen todos los derechos de los alumnos/as, expuestos en el R.D. citado, y se amplían éstos, en los siguientes sentidos:
a) El Centro intentará gestionar los recursos humanos y materiales a aquellos alumnos/as cuya situación económica y familiar sea precaria para que puedan realizar las actividades extraescolares y complementarias.
b) De acuerdo con el art.29 del RD y con el fin de garantizar el aprovechamiento de las instalaciones deportivas, éstas podrán ser utilizadas en horario extraescolar por los alumnos/as. Tendrá que haber un profesor del centro, o un responsable nombrado por la Asociación de Padres, que se haga cargo de dichas actividades. El Consejo escolar puede suprimir, por motivos justificados la realización de determinadas actividades.
c) A los alumnos/as que por diversos motivos han carecido de una educación regular, se les intentará paliar ésta situación de acuerdo con los recursos humanos disponibles en el centro. También se intentará compensar los déficits culturales y lingüísticos de los alumnos/as procedentes de otras culturas o países.
d) Cuando un alumno, no pueda asistir por motivo de enfermedad, una vez justificado, el tutor facilitará trabajos compensatorios con el fin de evitar en lo posible el retraso académico.
e) En el servicio de comedor, se procurará tener en cuenta la situación de los alumnos que requieran cambio de menú, por motivos de salud (previo informe médico), o por motivos religiosos.
Plan de convivencia del Centro.
Como medidas preventivas se intentará crear un ambiente de convivencia basado en la tolerancia, el respeto mutuo, cuidando del material y a las instalaciones escolares; con actitud de rechazo a lo que signifique violencia verbal, física o psíquica y falta de respeto al medio ambiente .
Se tratará por parte del profesorado de concienciar a los alumnos sobre el respeto a sí mismo, a las demás personas y al medio ambiente, así como el acatamiento de las normas vigentes de convivencia. Estos aspectos de la vida escolar, será objeto de las sesiones de tutoría , asambleas y cualquier otro momento en el que se crea conveniente . Igualmente se organizarán campañas de sensibilización en fechas determinadas o cuando se observe un deterioro puntual de la convivencia .
Ante la transgresión de cualquier norma de convivencia, esta comunidad, se acoge al R.D. de derechos y deberes de los alumnos, con las especificaciones que hacemos en este RRI.
De estas normas, el Consejo Escolar hará un informe anual, que servirá de base para posibles modificaciones.
A efectos de gradación de las normas de convivencia, así como las posibles correcciones:
1. Se considerarán circunstancias paliativas:
a) El reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta.
b) La falta de intencionalidad.
2) Se considerarán circunstancias acentuantes:
a) La premeditación y la reiteración.
b) Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros que están en inferioridad física o psíquica.
c) Cualquier acto que atente contra el derecho reconocido en el art. 12.2.a del mencionado Real Decreto.
Asistencia, puntualidad y justificación de faltas.
a) La asistencia a clase es obligatoria, así como el cumplimiento de los horarios del centro.
b) Los alumnos deben ser puntuales en la entrada y cambio de clases. Acceder al aula después de que el profesor cierre la puerta, se considera impuntualidad.
c) Ningún alumno puede salir del recinto escolar, en horario lectivo, sin la autorización de su tutor.
d) Las faltas de asistencia deben ser justificadas debidamente por los padres o tutores de los alumnos . Si la ausencia es previsible, se procurará avisar al Centro con antelación.
e) Ante la ausencia a exámenes, queda a juicio del profesor la decisión de realizar esta prueba en otra fecha.
f) Si en un plazo de 7 días no se tiene constancia de los motivos de la ausencia del alumno, o en cuanto el tutor crea que no existen motivos justificados, comunicará por escrito, a la Jefatura de Estudios este hecho, con el fin de ponerse en contacto con la familia.
g) Mensualmente se comunicará a la autoridad local competente, las ausencias injustificadas que puedan ser significativas.
h) Si se acumula el 30% de ausencias sin justificar, el alumno, pierde la evaluación continua. Pudiendo hacer en este caso una prueba para constatar el nivel de competencia curricular alcanzado.
Instalaciones y material:
Los alumnos que causen daños intencionadamente a las instalaciones, transportes escolar o material del centro, quedan obligados a reparar el daño causado, o hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente, los alumnos que sustrajeren bienes del centro, o personas relacionadas, deberán restituir lo sustraído. Los padres o tutores legales, serán responsables civiles, en los términos previstos en las leyes.
Convivencia con compañeros y personal laboral.
a) Los alumnos del centro, serán respetuosos con sus compañeros, profesores, cuidadores, conductores y demás personal laboral del colegio.
b) En los servicios de comedor y transporte; cuidadores y conductores o acompañantes, desempeñarán las funciones del profesor tutor en cuanto al mantenimiento de normas de convivencia. Por tanto se les debe el mismo respeto que a los profesores.
c) La entrada y salida al centro, se hará sin gritos ni empujones, cuidando especialmente que las personas con dificultades de movimiento, no sufran ningún tipo de agresión.
d) En las entradas a clase, se guardará silencio, ocupando el sitio que corresponda, preparando el material de clase, y sin interrumpir el desarrollo normal de ésta.
Se considera desarrollo normal de una clase:
- Ser puntual en las entradas y cambios de clase.
- No interrumpir innecesariamente la clase.
- Silencio en espera de indicaciones.
- Material preparado.
- Respeto al profesor y a los compañeros.
- Intervenciones por orden.
- Iniciación inmediata de las tareas.
- Realización de las tareas indicadas por el profesor.
- Terminará la clase al decirlo el profesor y quedará perfectamente ordenada.
Recreos.
a) Habrá profesorado en el patio y en los pasillos del centro. Se podrán organizar juegos , competiciones deportivas , etc. teniendo en cuenta que también se ha de dejar a los niños autonomía para organizar su propio juego . Los días de lluvia los niños permanecerán en el aula saliendo solamente a los servicios.
b) Quedan prohibidos los juegos que supongan un peligro para los compañeros, especialmente, los que impliquen algún riesgo para los más pequeños.
c) Todos los alumnos está obligados a respetar el recinto escolar, incluido patios de recreo, manteniéndolo limpio.
d) Todos los alumnos del Centro colaborarán en la limpieza del patio.
e) Las necesidades de los alumnos en el periodo de recreo, serán atendidas por su tutor, o por cualquier otro profesor del centro.
Comedor y transporte.
a) Cada parada de transporte tendrá un horario, que servirá a los alumnos como referencia. Hasta esa hora. el transporte, tendrá que esperar a los alumnos.
b) Cualquier deterioro causado por alumnos voluntariamente, o por negligencia en los transportes escolares, será objeto de reposición por parte de los padres o tutores del alumno
c) En el periodo anterior a la entrada al comedor, los alumnos permanecerán en el recinto escolar. Este periodo servirá para el aseo personal de los alumnos.
d) Cada alumno del comedor, tendrá asignado un cuidador/a.
e) La entrada al comedor, será ordenada y en silencio.
f) No se puede tocar la comida, ni hablar, hasta que se autorice ello.
g) Para hacer uso del servicio de comedor, se debe ir convenientemente aseado, principalmente de manos.
h) Se utilizarán adecuadamente los útiles de comedor. Manejando la comida de acuerdo con la corrección que merecen los comensales próximos.
i) Se comerá como mínimo la cantidad que diga el encargado de comedor.
j) Al terminar, mesa y alrededores, quedarán limpios.
k) Ningún comensal se levantará de la mesa, hasta que no cuente con la autorización de su cuidador/a.
l) Aquellos alumnos que por turno sean designados, colaborarán en poner y recoger mesas.
Fuera del recinto escolar
Las actuaciones de los alumnos/as que fuera de recinto escolar, estén relacionadas con la vida escolar, o que afecten a sus compañeros u otros miembros de la Comunidad educativa, serán sometidos a esta misma normativa.
1.9.3. CONDUCTAS CONTRARIAS Y SANCIONES
A) El incumplimiento de las normas de convivencia expuestas en este reglamento, así como las que figuran en el mencionado Real Decreto, pueden ser objeto de sanción.
En este sentido, para aplicar una sanción, nos atenemos a los art. 45,46, 47, 48,49, y 50 R.D.
Sanciones que se aplicarán ante los problemas de conducta:
a) - Amonestación verbal o escrita
b) - Comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios.
c) - La realización de trabajos específicos en horario no lectivo ( recoger papeles , regar las plantas . etc. )
d) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño en las instalaciones o al material del centro, o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.
e) - Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro.
f) - Cambio de grupo del alumno por un plazo máximo de tres días.
g) - Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes que se le determinen para evitar la interrupción del proceso educativo. La atención de alumnos, en este caso, será en las clases de estudio dirigido, o bien con otro profesorado disponible.
h) - Suspensión del derecho de asistencia al centro por un plazo máximo de tres días. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes que se le determinen para evitar la interrupción del proceso educativo.
B) Son competentes para decidir estas correcciones:
a) Profesores: sanciones a) y b)
b) Tutor: a) b) c) y d)
c) Jefe de Estudio y Director: b) c) d) e) y f)
d) Consejo Escolar: g) y h). Pudiendo delegar en el Director, que decidirá tras oír al tutor , padres, y Equipo Directivo, en una comparecencia de la que se levantará acta. Si el Director aplica la corrección h), lo comunicará inmediatamente a la Comisión de Convivencia.
El alumno, sus padres o representantes legales, pueden presentar en plazo de cuarenta y ocho horas reclamaciones contra las correcciones correspondientes a los párrafos g) y h), ante el Director Provincial, cuya intervención pondrá fin a la vía administrativa.
1.9.4. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO
No podrán corregirse las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro sin la previa instrucción de un expediente, que , tras la recogida de la necesaria información, y oída la Comisión de Convivencia, acuerde el Director del Centro, bien por su propia iniciativa o bien a propuesta del Consejo Escolar del Centro.
A) Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro:
a) Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves, contra los miembros de la comunidad educativa.
b) La reiteración, tres veces en un mismo curso escolar, de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, recogidas en este reglamento.
c) La agresión grave, física o moral contra los demás miembros de la comunidad educativa, o la discriminación grave por cualquiera de las razones enumeradas en el artículo 12.2.a) del Real Decreto.
d) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
e) Los daños graves causados por uso indebido o intencionadamente en los locales, material o documentos del centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.
f) Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro.
g) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.
h) El incumplimiento de las sanciones impuestas.
B) Las conductas enumeradas en el artículo anterior podrán ser corregidas con:
a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, so procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Estas tareas deberán realizarse en horario no lectivo.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro.
c) Cambio de grupo.
d) Suspensión de derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a cinco días, e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la sus pensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.
e) Suspensión de derecho de asistencia a clase durante un periodo superior a tres días lectivos, e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la sus pensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.
f) Cambio de Centro
C) El Consejo Escolar impondrá las correcciones en el apartado anterior con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 54 del Real Decreto. Cuando se imponga la corrección prevista en el párrafo e) del apartado anterior, el Consejo Escolar podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro o readmitirlo en el centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en su actitud.
D) Cuando se imponga la corrección prevista en el párrafo f) del apartado 1 de este artículo a un alumno de enseñanza obligatoria, la administración educativa procurará al alumno un puesto escolar en otro centro docente. Mientras la administración no resuelve sobre el nuevo centro, se aplicará lo establecido en el párrafo e) del apartado 1 de este artículo.
E) Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescribirán en el plazo de cuatro meses, contados a partir de la fecha de su comisión. Las correcciones impuestas como consecuencia de estas conductas, prescribirán a la finalización del curso escolar.
1.10.1. CONSERJE
RESPONSABILIDADES GENERALES:
Mantener el colegio asignado y todas sus dependencias en buenas
condiciones, tanto en cuestiones sencillas de mantenimiento, corno en todos
los temas relacionados con apoyo a profesores e información al público en
general.
RESPONSABILIDADES ESPECIFICAS;
Atención al publico:
Información sobre impuestos y solicitudes.
Información sobre cuestiones de ubicación de profesores.
Atención al público en general. (Personal y telefónicamente)
Recoger y distribuir la correspondencia y documentación.
Franquear, ensobrar, sellar, clasificar, etc.. .correspondencia y documentación.
Tramitar recados y pequeñas compras. Hacer fotocopias.
Efectuar gestiones sencillas en bancos, correos, delegaciones, etc.
Mantenimiento:
Comprobar las luces, los grifos, las ventanas, etc.
Comprobar las calefactores y combustible de caldera, etc.
Mantenimiento de la jardinería del colegio asignado.
Realizar labores sencillas de albañilería, electricidad, fontanería,
pintura, carpintería, etc.
Mantener limpio el patio y las dependencias del colegio en el periodo de
tiempo en el que no estén las limpiadoras.
Limpieza de caldera, sala de caldera.
Preocuparse del mantenimiento del combustible de la caldera.
Abrir puertas y subir ventanas.
Tener disponible todas las llaves de las dependencias del colegio.
Poner y quitar banderas, anuncios, etc.
Tocar el timbre de entrada y salida, etc.
Traslado de muebles y material cuando sea necesario.
Realizar cualquier otra tarea propia de su categoría para la cual halla sido previamente instruido.
1.10.2. CUIDADOR/A (ATE)
Sin perjuicio de lo dispuesto en el convenio que exista en cada momento , la cuidadora realizará las funciones encomendadas al auxiliar técnico educativo en el 5º Convenio de personal laboral de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Como representativas se destacan las siguientes:
a) Prestar servicios complementarios para la asistencia y formación de los escolares con minusvalía.
b) Atender a los alumnos con minusvalía en la ruta escolar, en su limpieza, aseo y en el comedor.
c) Colaborar en los cambios de aula o servicios de los escolares.
d) Colaborar con el profesorado en la vigilancia personal de los escolares en las clases, en ausencia del profesor.
e) Colaborar en la vigilancia en los recreos, siendo responsables los profesores.
Su horario y calendario laboral, serán los establecidos en las disposiciones vigentes.
1.10.3. FISIOTERAPEUTA
Sin perjuicio de lo dispuesto en el convenio que exista en cada momento , la cuidadora realizará las funciones encomendadas al auxiliar técnico educativo en el 5º Convenio de personal laboral de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Realización de los tratamientos específicos para la recuperación y rehabilitación física de los alumnos, atención sanitaria en ausencia del ATS en circunstancias de especial necesidad, seguimiento y evaluación de los tratamientos aplicados en coordinación con el médico rehabilitador si lo hubiere, enseñanza en le manejo y utilización de las adaptaciones que precise el alumno y todas aquellas propias de su especialidad.
1.10.4. PERSONAL DE COCINA Y COMEDOR.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el convenio que exista en cada momento , este personal realizará las funciones encomendadas según V convenio de personal laboral de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Cocinero:
- Estará en posesión del título correspondiente y del carné de manipulador de alimentos.
- Se ocupará de la preparación, coordinación y condimentación de alimentos con sujeción al menú y regímenes alimenticios, cuidando que se sirvan en debidas condiciones.
Ayudantes de cocina:
- Estarán en posesión del carné de manipulador de alimentos.
- Trabajarán a las ordenes de los cocinero/as colaborando con él en sus funciones propias, procediendo a la limpieza del menaje de mesa, de la cocina y del comedor.
Cuidadoras/es de comedor:
Las funciones que realizarán serán las siguientes:
a) Estar en posesión del carné de manipulador de alimentos.
b) Vigilar durante el periodo de comida y el recreo anterior y posterior.
c) Organizar y vigilar a los alumnos/as encargados del servicio de comedor.
d) Orientación en materia de educación para la salud y adquisición de hábitos sociales.
e) Velar por la correcta utilización y conservación del menaje de comedor.
f) Y cuantas otras actitudes tiendan a la vigilancia, cuidado y dinamización de los alumnos.
g) En la contratación de este personal, no siendo profesorado del centro, se intentará dar prioridad a los padres/ madres de los alumnos del comedor.
1.10.5. LIMPIADORAS.
RESPONSABILIDADES GENERALES:
Mantener limpias las dependencias municipales que le han sido asignadas.
RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS:
Diariamente:
Limpiar aseos.
Se friegan mesas, sillas, suelos, techos.
Se barren las aceras de dentro del colegio (En el caso de las
limpiadoras de colegio)
Se limpian pizarras (En el caso de las limpiadoras de colegio)
Limpieza de puertas y marcos. Una vez al mes:
Limpiar cristales:
Encaramarse a ciertas alturas para realizar la limpieza de
cristales. (Cuando sea necesario)
Dos veces a la semana:
Se limpian las aulas a fondo.(En el caso de las limpiadoras de colegio)
Se limpian los muebles por los lados
Se friega a fondo.
Se friegan las estanterías.
Tres veces al año:
Limpieza de la calefacción.
Limpieza de muebles en profundidad.
Una vez al año:
Limpieza de la parte posterior de las mesas.
Limpieza de techos.
Mantener regadas y limpias las. plantas de interior de las dependencias
municipales asignadas.
Realizar labores de sustitución a otras limpiadoras del ayuntamiento cuando éstas se encuentren-de baja o de vacaciones. En este caso su labor consistirá en la limpieza de las dependencias municipales a las cuales se les ha asígnado.
1.10.6. PRESTACIÓN SOCIAL SUSTITUTORIA.
La Prestación Social Sustitutoria se realizará de acuerdo con la normativa vigente que la rige y con lo estipulado en el convenio entre la oficina para la Prestación Social de los Objetores de Conciencia y la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- La dedicación en el centro será de 35 a 40 horas semanales.
A) Funciones:
a) Colaborar en actividades complementarias como transporte, comedor recreo y acompañamiento de profesores en salidas del centro con el alumnado.
b) Colaborar en actividades extraescolares de todo tipo y asimismo pueden hacerse cargo del cuidado de instalaciones si fuera preciso.
c) Colaborar en la atención al alumnado con necesidades educativas especiales: ayuda en el transporte de alumnos, atención en los recreos, en el comedor y en las salidas al exterior.
d) Atención a bibliotecas y salas de estudio,...
e) No podrán realizar tareas asignadas al personal de plantilla del centro, ni sustituir a este en sus responsabilidades.
1.10.7. VOLUNTARIADO
Según la O.M. del 11 de octubre del 94, la actividad del voluntariado en el centro, y siempre con sujeción a lo que determine el P.E.C. serán las siguientes:
a) Facilitar que el centro este disponible para la comunidad educativa fuera del horario lectivo para la utilización de algunos servicios escolares: salas de estudio, biblioteca, instalaciones deportivas y otras similares.
b) Colaborar en la organización de actividades extraescolares y complementarias, atendiendo a los alumnos durante el desarrollo de las mismas.
c) En ningún caso el personal voluntario se le podrán asignar funciones que puedan dar lugar a una sustitución total o parcial del personal del centro en el ejercicio de su trabajo o en la asunción de las responsabilidades que le competen, ni tampoco labores de mantenimiento de instalaciones y servicio del centro.
d) El voluntariado recibirá las oportunas indicaciones de la Jefatura de Estudios y tendrá las siguientes obligaciones:
- Actuar de acuerdo con el carácter educativo de las actividades encomendadas.
- Respetar el P.E.C.
- Respetar las normas de régimen interno.
- Hacer frente a los compromisos adquiridos con el propio centro o entidad colaboradora.
- Atender en todo momento las indicaciones de los responsables.
1.11.1. GENERAL
Las relaciones con otras instituciones tanto educativas, como sociales, culturales y de administración quedan reflejadas en nuestras Señas de identidad y marcados en los objetivos generales.
Se intentará continuar con nuestra línea de relaciones establecidas con las distintas instituciones (Universidad, ASSIDO, AIDEMAR, ONCE...)
Corresponderá al director promover e impulsar las relaciones del centro con todas las instituciones, informando trimestralmente al Claustro y Consejo Escolar en el Informe sobre la marcha general del Centro.
El director una vez recibidas las ofertas de actividades promovidas por las diferentes entidades locales informará al Claustro y al consejo escolar donde se determinarán los criterios prioritarios para la programación y desarrollo de las mismas.
El centro intentará difundir y participar en las distintas actividades que propongan las entidades locales.
1.11.2. SERVICIOS SOCIALES.
- Dado a las características sociales - culturales de nuestro alumnado, deberían ser los Servicios sociales los encargados de tramitar las solicitudes de beca de libros para evitar la desestimación de las mismas por falta de documentación requerida.
- El centro se compromete al traspaso sistemático de información sobre la asistencia del alumnado para evitar los problemas de absentismo y facilitar que la distribución de ayudas se realice de la forma más justa y eficaz posible.
1.11.3. ALUMNOS DE PRACTICAS.
Este centro, por tradición, viene colaborando con diversas instituciones educativas, para la realización de prácticas de sus alumnos, y la mayoría del profesorado, continua manifestando la intención de seguir en esta línea.
A) Prácticas de alumnos de Formación profesional: se regirán por los convenios y normativas de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Haciéndose cargo de su coordinación, el Equipo Directivo.
B) Prácticas de Alumnos de la Facultad de Educación (Pedagogía): se coordinarán por la Orientadora del Colegio, y en su defecto por la Jefatura de Estudios.
C) Prácticas de alumnos de Magisterio:
a) El coordinador representará al centro, en todos aquellos aspectos de las prácticas de alumnos que no requiera la atención del Director.
b) El coordinador, será el encargado de la organización, adjudicación de tutores a alumnos, distribuir tiempos, y todo lo que sea necesario para favorecer el mejor desarrollo de las prácticas. Para ello organizará reuniones con los profesores de prácticas, para oír sus opiniones.
c) Un resumen del plan anual de prácticas de incluirá en la PGA.
d) Tomará las medidas oportunas para asegurar que los alumnos reciban todas las ayudas necesarias, y cumplan con sus obligaciones; favoreciendo la participación y evitando todo problema que pueda surgir.
e) Si el número de alumnos de Prácticas es inferior al de tutores, el coordinador dará preferencia a los que no hayan tutelado el curso anterior.
f) En caso de incompatibilidad manifiesta entre tutor y alumno, el coordinador, previa consulta a los tutores, decidirá el cambio más conveniente.
g) De acuerdo con la normativa vigente, cada curso, se someterá a la totalidad del Claustro de Profesores, la posibilidad de modificar la oferta del centro, respecto a los tutores de prácticas.